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Perfil / Convenio para Empresas de Transporte

3.2. El Proveedor está obligado a:

3.2.1. Permisos, Certificados, Licencias.
- contar con Licencia o Certificado o Permisos para el transporte de pasajeros en vehículos automotores, que cumplan con los requisitos establecidos por la legislación de su localidad y/o lugar de realización de la actividad, en relación con dicha actividad. Y proporcionar copias de dichos documentos a Intui dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a que Intui los solicite.

En caso de que se dé por terminada la licencia (permisos y/u otra documentación apropiada para los servicios de transferencia del Proveedor aplicables al territorio de la actividad de transferencia del Proveedor), el Proveedor deberá dejar de usar inmediatamente el Sitio web/Sección. Informar de ello inmediatamente a Intui.


3.2.2. Información proporcionada por el Proveedor en la cuenta Intui

- Proporcionar información precisa, actual y completa durante el proceso de registro y actualizar dicha información para mantenerla precisa, actual y completa. El contenido debe coincidir y reflejar plenamente el servicio de transferencia del Proveedor, como se indica a continuación, pero sin excluir:
- cantidad y modelos de vehículos;
- Si se producen cambios, especifique datos de contacto nuevos y actualizados, como correo electrónico, números de teléfono de contacto de los operarios y horarios de trabajo de los operarios.
- El Proveedor deberá poner en el calendario la no disponibilidad de vehículos para la venta por parte de Inui.


3.2.3. Disponibilidad para el soporte y emergencia.

El Proveedor deberá asegurarse de que exista una conexión disponible (teléfono, correo electrónico) con la persona autorizada por el Proveedor para realizar acciones en nombre del Proveedor para proporcionar servicios, incluidas las comunicaciones de emergencia. Deberá responder a todas las solicitudes de Intui con respecto a las órdenes de transferencia y/o reserva, incluidas las cancelaciones y/o modificaciones, de manera completa y a tiempo, de acuerdo con el Reglamento.