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Perfil / Convenio para Empresas de Transporte

2.4. Cancelar pedido confirmado.

El Proveedor deberá ejecutar todos los Pedidos confirmados. El Proveedor no tendrá derecho a cancelar una Reserva previamente confirmada.

El Proveedor hará todos los esfuerzos posibles para cumplir con un Pedido previamente confirmado. En caso de que se den circunstancias en las que el Proveedor no pueda cumplir con las obligaciones con el Cliente y/o los Clientes de realizar pedidos y/o pedidos, de proporcionar el servicio de traslado y/o los servicios de traslado, el Proveedor hará todos los esfuerzos posibles para ejecutar el(los) Pedido(s), incluida la participación de un tercero.

Si todos los esfuerzos del Proveedor no garantizan la ejecución de la(s) Orden(es), el Proveedor deberá notificar inmediatamente a Intui sobre tales circunstancias indicando las órdenes que no están en condiciones de ser ejecutadas. Intui tomará todas las medidas posibles para buscar otro(s) Proveedor(es) que presten los servicios de traslado al Cliente.

Responsabilidad del Proveedor.

El Proveedor no tendrá derecho a ningún pago por pedido cancelado y estará obligado a pagar la multa (penalización) a Intui a una tasa que dependerá de las condiciones que se detallan a continuación.
(1) Si el Proveedor notifica a Intui y/o al Cliente con menos de 48 horas de antelación a la hora de recogida programada: el Proveedor paga una Penalización del 125% del Coste de dicho pedido, no menos de 25 EUR
(2) Si el Proveedor notifica a Intui y/o al Cliente con más de 48 horas de antelación a la hora de recogida programada:
1) indemnización del Coste de Adquisición del Cliente a Intui por un importe de hasta el 25% del precio del Pedido pero no inferior a 5 EUR

Y/O

2) pagar la indemnización a Intui por el importe cobrado de los costes de transacción por el procesamiento del pago y reembolsar el coste de procesamiento del pago del Pedido (a partir del 3%)

Y/O

3) pagar la diferencia de valor entre el coste neto del pedido cancelado y el coste neto aceptado por el otro Proveedor.

Exenciones.

La dirección del lugar de desembarque o desembarque del pasajero se encuentra en una zona próxima al paso de cualquier transporte en la fecha del Pedido. En este caso, el Proveedor está obligado a informar a Intui del motivo específico de la superposición de carreteras.